Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-6637)
BOP-2022-6637 Modificación de los cargos con régimen de dedicación exclusiva/parcial.
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El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos sólo supondrá la
aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquél, en
cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno de la siguiente sesión ordinaria.”
Por lo tanto, siendo el Pleno el órgano que determina el número de cargos que podrán estar
dados de alta en el régimen de la Seguridad Social por contar con esa dedicación exclusiva o
parcial, con ese mismo fundamento, la renuncia también se debe hacer por el Concejal en
cuestión y de la misma manera se dará cuenta de la nueva situación al Pleno y así le permitirá
el cobro de asistencias e indemnizaciones del art. 75 LRBRL:
“3. Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni
dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de
los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada
por el pleno de la misma.
4. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnizaciones por los
gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de
aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las
mismas apruebe el pleno corporativo.”
Por otro lado, y en relación al expediente nº 354/2022, de conformidad con lo establecido en los
artículos 75 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, 13 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
por parte de la Alcaldía-Presidencia SE PROPONE al Pleno de la Corporación la adopción del
siguiente acuerdos en materia de nombramiento de Concejal a ejercer su cargo en régimen de
dedicación parcial:
PROPUESTA
ÚNICO: Proponer el nombramiento del Concejal de Deportes y Juventud, Don Dennis Talavera
Fuentes para que preste sus servicios en régimen de dedicación parcial (50%), a la vista de los
numerosos servicios y actuaciones existentes, la próxima ejecución en la localidad de un
Programa Colaborativo Rural, y al amplio abanico de proyectos que esta Corporación tiene
previsto desarrollar; debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 20
horas semanales, con efectos desde el día 01/01/2023. Las labores a desempeñar por el
Concejal de Deportes y Juventud serán las propias de su actuación como Concejal Delegado
en virtud de las Resoluciones de delegación de atribuciones y de su actuación, y demás
inherentes a su actuación como cargo público electivo de carácter municipal. El régimen
económico del Concejal de Deportes y Juventud que presten sus servicios en régimen de
CVE:
BOP-2022-6637
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34462
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El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos sólo supondrá la
aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquél, en
cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno de la siguiente sesión ordinaria.”
Por lo tanto, siendo el Pleno el órgano que determina el número de cargos que podrán estar
dados de alta en el régimen de la Seguridad Social por contar con esa dedicación exclusiva o
parcial, con ese mismo fundamento, la renuncia también se debe hacer por el Concejal en
cuestión y de la misma manera se dará cuenta de la nueva situación al Pleno y así le permitirá
el cobro de asistencias e indemnizaciones del art. 75 LRBRL:
“3. Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni
dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de
los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada
por el pleno de la misma.
4. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnizaciones por los
gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de
aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las
mismas apruebe el pleno corporativo.”
Por otro lado, y en relación al expediente nº 354/2022, de conformidad con lo establecido en los
artículos 75 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, 13 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
por parte de la Alcaldía-Presidencia SE PROPONE al Pleno de la Corporación la adopción del
siguiente acuerdos en materia de nombramiento de Concejal a ejercer su cargo en régimen de
dedicación parcial:
PROPUESTA
ÚNICO: Proponer el nombramiento del Concejal de Deportes y Juventud, Don Dennis Talavera
Fuentes para que preste sus servicios en régimen de dedicación parcial (50%), a la vista de los
numerosos servicios y actuaciones existentes, la próxima ejecución en la localidad de un
Programa Colaborativo Rural, y al amplio abanico de proyectos que esta Corporación tiene
previsto desarrollar; debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 20
horas semanales, con efectos desde el día 01/01/2023. Las labores a desempeñar por el
Concejal de Deportes y Juventud serán las propias de su actuación como Concejal Delegado
en virtud de las Resoluciones de delegación de atribuciones y de su actuación, y demás
inherentes a su actuación como cargo público electivo de carácter municipal. El régimen
económico del Concejal de Deportes y Juventud que presten sus servicios en régimen de
CVE:
BOP-2022-6637
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34462