Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6625)
BOP-2022-6625 Bases para la provisión de una plaza de Oficial 1ª Electricista, mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o
indefinido no fijo, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
1.-Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata), en la categoría, especialidad, grupo y subgrupo
correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria, se otorgará 0,40 puntos hasta un
máximo de 80 puntos.
2.- Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata,
como personal laboral indefinido, temporal o funcionario interino en plazas del mismo
grupo y subgrupo de titulación que la plaza convocada, o categoría superior, se otorgará
0,16 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
3.- Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública en
plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de la
plaza convocada, se otorgará 0,15 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se certificarán de
oficio por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de
Selección y al interesado/a. En el certificado se especificará el puesto o puestos objetos
de la convocatoria y se acompañará Vida Laboral aportada por el/la licitante.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras
Administraciones Públicas mediante Vida Laboral y certificación expedida por el
responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestado sus servicios, en la
cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en
cada apartado del baremo el número total de días reflejados en vida laboral y se dividirá
entre 30, de tal manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero,
despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la
categoría a los efectos de este baremo.
Cód.
Validación:
4DDE97XRY4GYWEZGL55K5YG4Z
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2022-6625
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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