Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6623)
BOP-2022-6623 Bases para la provisión de una plaza de Oficial Electricista Instalador mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
séptima. En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en
los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as
aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
6.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de
sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
6.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres la resolución elevando a definitiva la lista provisional de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con la inclusión correspondiente como
admitidos/as de aquellos/as que fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u
omisiones. Copia de dicha resolución se expondrá al público en el tablón de
anuncios, página web municipal y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, en el mismo día en que se remita al
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres para su publicación.
6.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra
aquellas otras que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la normativa
reguladora de dicha jurisdicción.
6.5.- En todo caso, a fin de evitar errores y para, en el supuesto de que se produzcan,
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán
no solo que no figuran en la relación de excluidos/as objeto de publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, sino también que sus nombres constan en la
correspondiente relación de admitidos/as.
6.6.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
Cód.
Validación:
AHLKJHRDN542TRNSKE6DFH6N6
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
27
CVE:
BOP-2022-6623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34162
séptima. En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en
los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as
aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
6.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de
sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
6.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres la resolución elevando a definitiva la lista provisional de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con la inclusión correspondiente como
admitidos/as de aquellos/as que fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u
omisiones. Copia de dicha resolución se expondrá al público en el tablón de
anuncios, página web municipal y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, en el mismo día en que se remita al
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres para su publicación.
6.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra
aquellas otras que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la normativa
reguladora de dicha jurisdicción.
6.5.- En todo caso, a fin de evitar errores y para, en el supuesto de que se produzcan,
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán
no solo que no figuran en la relación de excluidos/as objeto de publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, sino también que sus nombres constan en la
correspondiente relación de admitidos/as.
6.6.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
Cód.
Validación:
AHLKJHRDN542TRNSKE6DFH6N6
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
27
CVE:
BOP-2022-6623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34162