Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6623)
BOP-2022-6623 Bases para la provisión de una plaza de Oficial Electricista Instalador mediante concurso de méritos correspondiente al proceso de estabilización de empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
10.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el Tablón de Anuncios, página web
municipal y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, la relación de aprobados, por el orden
de puntuación alcanzado.
10.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición
de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
10.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal
haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan
renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por
los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias
sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del
Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su
posible nombramiento como personal laboral fijo.
10.4 Concluido el proceso selectivo, el/la aspirante propuesto/a que lo hubiera superado
dispondrá de un plazo de veinte días hábiles para que acredite en los términos indicados
en la convocatoria que cumple los requisitos exigidos, y será nombrado personal laboral
fijo mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres».
UNDÉCIMA.- Presentación de documentación.
11.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, el/la aspirante propuesto/a aportará los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Cód.
Validación:
AHLKJHRDN542TRNSKE6DFH6N6
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
17
de
27
CVE:
BOP-2022-6623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34171
10.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el Tablón de Anuncios, página web
municipal y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, la relación de aprobados, por el orden
de puntuación alcanzado.
10.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición
de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
10.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal
haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan
renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por
los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias
sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del
Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su
posible nombramiento como personal laboral fijo.
10.4 Concluido el proceso selectivo, el/la aspirante propuesto/a que lo hubiera superado
dispondrá de un plazo de veinte días hábiles para que acredite en los términos indicados
en la convocatoria que cumple los requisitos exigidos, y será nombrado personal laboral
fijo mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres».
UNDÉCIMA.- Presentación de documentación.
11.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, el/la aspirante propuesto/a aportará los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Cód.
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Documento
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electrónicamente
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de
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34171