Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6619)
BOP-2022-6619 Bases de convocatoria por las que se regirá el proceso selectivo para la cobertura de tres plazas de Técnicos de Educación Infantil, personal laboral fijo, en el marco de los procedimientos diferenciados extraordinario de estabilización de empleo temporal.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
Ayuntamiento puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad
de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos
rela vos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En
ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en plazo.
A efectos del cumplimiento de los establecido en el ar culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a todos los
par cipantes que los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento
automa zado por el Ayuntamiento de Navaconcejo para poder desarrollar el proceso
selec vo, siendo la cumplimentación de todos los datos exigidos en la solicitud obligatoria para
poder ser admi dos a las pruebas selec vas.
En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo establecido en las bases generales por las
que se rigen los procesos selec vos del Ayuntamiento de Navaconcejo
La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo de
presentación de las mismas, mediante Anexo II de Autovaloración de méritos, al que se
adjuntará, fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la jus ficación
de cada uno de los méritos.
El Anexo I podrá descargarse junto con la solicitud en la página web del Ayuntamiento h p://
www. navaconcejo.es.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y
forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la
ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente
acreditado.
SEXTA. - Tribunal de selección.
6.1 De acuerdo con el art. 60 del Real Decreto Legisla vo 5/2015, el Tribunal encargado de
la selección estará integrado por los siguientes miembros:
- Un Presidente.
- Cuatro vocales.
- El Tribunal contará con un Secretario. El Secretario no tendrá voto.
6.2 Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la tulación de igual nivel o superior a
la plaza convocada. No podrán formar parte del Tribunal el personal de elección o
designación polí ca, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia a los
órganos de selección será siempre a tulo individual, no pudiendo ostentarse esta en
CVE:
BOP-2022-6619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34078