Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2022-6616)
BOP-2022-6616 Bases reguladoras de la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura mediante el sistema de concurso-oposición, de cuatro plazas de Limpiadores/as vacante en la plantilla del Ayuntamiento, personal laboral fijo.
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AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO
-CÁCERES-
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO
SELECTIVO PARA LA COBERTURA MEDIANTE EL SISTEMA DE
CONCURSO-OPOSICIÓN, DE CUATRO PLAZAS DE LIMPIADORES/AS
VACANTE EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE NAVACONCEJO,
PERSONAL LABORAL FIJO.
A.- NORMAS GENERALES
1.- El objeto de las presentes bases, es la Convocatoria de Pruebas Selectivas mediante
la provisión con carácter laboral fijo de CUATRO plazas de LIMPIADOR/A vacantes
en la plantilla de Personal de este Excmo. Ayuntamiento e incluida en la Oferta de
Empleo Público Extraordinaria para 2022, publicada en el Boletín Oficial de Provincia
mediante el sistema de CONCURSO- OPOSICIÓN.
Las plazas convocadas están dotadas económicamente en la plantilla presupuestaria de
personal del Ayuntamiento de Navaconcejo, con las retribuciones básicas
correspondientes( proporción SMI), jornada parcial .
2.- Las presentes bases tienen la finalidad de cubrir plazas estructurales vacantes en
virtud de la propia Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el sector público.
3.- A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación las bases de la convocatoria,
el RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Texto
Refundido de Régimen Local, el R.D. 896/91, de 7 de junio y con carácter supletorio el
R.D. 364/95 de 10 de marzo.
4.- REQUISITOS.
4.1. Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cualquier otra regulada en el art 57 del RDL
5/2015, de 30 de octubre del Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Titulación: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria , Certificado Escolar o equivalente. En el supuesto de invocar título
equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad
competente en materia educativa, que acredite la equivalencia. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este
CVE:
BOP-2022-6616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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