Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2022-6612)
BOP-2022-6612 Resolución de Alcaldía n.º 2022-0727 del Ayuntamiento de Montehermoso por la que se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo/a para este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre.
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Ayuntamiento de Montehermoso
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1 Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleado público.
e) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar,
Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
3.1 Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se
dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este
Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento: www.ayuntamientodemontehermoso.es .El resto de anuncios y publicaciones relativas al
proceso se harán públicas tanto en el tablón de anuncios físico, como tablón de la Sede electrónica del
Excmo. Ayuntamiento de Montehermoso.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento, a la que
se adjuntará la solicitud según el anexo I de estas bases, debidamente firmada, fotocopia del DNI, fotocopia
del documento que acredite la titulación exigida para participar en el proceso selectivo, y, en el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su
homologación o reconocimiento, ambos en un único fichero y relacionándose los méritos a valorar según
Anexo II, junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que
no hayan presentado y firmado su solicitud dentro del plazo de presentación establecido. Asimismo, los
méritos a valorar, no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo. no serán
valorados por el Tribunal de Selección.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de firmar la solicitud,
deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos. Las personas aspirantes
quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.2 de 8
Cód.
Validación:
6MHFSZA7SWJHYEXZ7QJZSNK4J
|
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2022-6612
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33986
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1 Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleado público.
e) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar,
Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
3.1 Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se
dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este
Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento: www.ayuntamientodemontehermoso.es .El resto de anuncios y publicaciones relativas al
proceso se harán públicas tanto en el tablón de anuncios físico, como tablón de la Sede electrónica del
Excmo. Ayuntamiento de Montehermoso.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento, a la que
se adjuntará la solicitud según el anexo I de estas bases, debidamente firmada, fotocopia del DNI, fotocopia
del documento que acredite la titulación exigida para participar en el proceso selectivo, y, en el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su
homologación o reconocimiento, ambos en un único fichero y relacionándose los méritos a valorar según
Anexo II, junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que
no hayan presentado y firmado su solicitud dentro del plazo de presentación establecido. Asimismo, los
méritos a valorar, no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo. no serán
valorados por el Tribunal de Selección.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de firmar la solicitud,
deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos. Las personas aspirantes
quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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