Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2022-6610)
BOP-2022-6610 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) Plaza de Peón (Maquinista), derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montánchez
3.1. Requisitos generales:
Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de
los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los
de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21
años o mayores de dicha edad dependientes. En este supuesto, los aspirantes
deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite las condiciones que
se alegan.
Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
Estar en posesión del título exigido para el acceso al cuerpo/categoría de que se
trate, según figura en el Anexo I. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
3.2. Requisitos específicos: los que figuran en el Anexo I .
3.3. Profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con
menores:
CVE:
BOP-2022-6610
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33962
3.1. Requisitos generales:
Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de
los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los
de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21
años o mayores de dicha edad dependientes. En este supuesto, los aspirantes
deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite las condiciones que
se alegan.
Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
Estar en posesión del título exigido para el acceso al cuerpo/categoría de que se
trate, según figura en el Anexo I. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
3.2. Requisitos específicos: los que figuran en el Anexo I .
3.3. Profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con
menores:
CVE:
BOP-2022-6610
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33962