Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2022-6605)
BOP-2022-6605 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) Plaza de Encargado, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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Ayuntamiento de Montánchez
9.1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los
aspirantes a los que se les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el
Registro del Ayuntamiento la siguiente documentación
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones
públicas por resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y
categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los
nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la
función pública.
b) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de
incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración
de quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios.
c) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que
impidan el ejercicio de las correspondientes funciones.
9.2.Transcurrido el plazo indicado, los aspirantes propuestos que no hubiesen
presentado la documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos
exigidos, serán tenidos por desistidos en su derecho, procediendo la presidencia
del Tribunal a formular propuesta a favor de los aspirantes que figurasen a
continuación en la lista de puntuación definitiva, siguiéndose la misma
tramitación descrita anteriormente para los inicialmente propuestos. Los mismos
trámites se seguirán en caso de renuncia.
9.3.A la vista de dicha propuesta, y con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad
de las plazas convocadas, el Alcalde-Presidente podrá nombrar como funcionario
de carrera o contratar como personal laboral, según corresponda, a las personas
aspirantes que sigan, por orden de prelación, a las personas propuestas
inicialmente.
DÉCIMA. NOMBRAMIENTO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA /
CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO
10.1. Comprobada la veracidad y adecuación de la documentación presentada, en su
caso, por los aspirantes propuestos, el Alcalde-Presidente resolverá el
nombramiento como funcionario de carrera o la contratación como personal
laboral fijo a favor de aquellos aspirantes propuestos que, habiendo superado el
proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
CVE:
BOP-2022-6605
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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