Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2022-6603)
BOP-2022-6603 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) Plaza de Director/a de Centro de Educación Infantil/Guardería, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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Ayuntamiento de Montánchez
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos sobre una puntuación
máxima total de 100 puntos, resultantes de la valoración de los siguientes méritos:
Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de acuerdo
con la siguiente valoración:
Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario o como personal laboral ocupando el puesto o puestos de trabajo
correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria a razón de 0,95 puntos
por mes completo.
Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo de
cualquier otra Administración Pública en plaza de igual denominación y
categorizaría a la plaza objeto de la convocatoria, a razón de 0,23 puntos
por mes completo. Únicamente se valorarán en este apartado los servicios
prestados en plazas para las que se requiera la misma titulación de acceso que
la exigida para la plaza a la que se pretende acceder.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Montánchez se acreditará mediante
certificación emitida a solicitud del interesado por el propio Ayuntamiento. En ningún
caso se valorarán méritos no enumerados en la solicitud de admisión al proceso
selectivo.
El resto de experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través
de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la
Administración en la que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y
porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente
reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los
CVE:
BOP-2022-6603
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33827
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos sobre una puntuación
máxima total de 100 puntos, resultantes de la valoración de los siguientes méritos:
Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de acuerdo
con la siguiente valoración:
Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario o como personal laboral ocupando el puesto o puestos de trabajo
correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria a razón de 0,95 puntos
por mes completo.
Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo de
cualquier otra Administración Pública en plaza de igual denominación y
categorizaría a la plaza objeto de la convocatoria, a razón de 0,23 puntos
por mes completo. Únicamente se valorarán en este apartado los servicios
prestados en plazas para las que se requiera la misma titulación de acceso que
la exigida para la plaza a la que se pretende acceder.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Montánchez se acreditará mediante
certificación emitida a solicitud del interesado por el propio Ayuntamiento. En ningún
caso se valorarán méritos no enumerados en la solicitud de admisión al proceso
selectivo.
El resto de experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través
de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la
Administración en la que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y
porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente
reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los
CVE:
BOP-2022-6603
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33827