Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mesas de Ibor. (BOP-2022-6598)
BOP-2022-6598 Bases generales proceso extraordinario de selección estabilización empleo temporal.
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AYUNTAMIENTO DE MESAS DE IBOR
Plaza de España, 1
10329 Mesas de Ibor (Cáceres)
Telf. 927574809, fax. 927 574800
Titulación exigible Graduado en Educación Secundaria obligatoria o
titulación equivalente de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10
de junio, modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se
establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y
de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
Fecha desde que está cubierta temporal e
ininterrumpidamente
1 de febrero de 1991
N.º de vacantes 1
Sistema de selección Concurso
Jornada laboral 100%
Denominación de la plaza AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Régimen Funcionario interino
Grupo C
Subgrupo C2
Titulación exigible Graduado en Educación Secundaria obligatoria o
titulación equivalente de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10
de junio, modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se
establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y
de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
Fecha desde que está cubierta temporal e
ininterrumpidamente
8 de octubre de 1991
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes
requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
CVE:
BOP-2022-6598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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