Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. (BOP-2022-6565)
BOP-2022-6565 Estabilización de empleos temporales.
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Expte 73/2022
BASES POR LAS QUE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PERSONAL
LABORAL, PROMOTOR TURÍSTICO, MEDIANTE PROCESO
EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA DE
CONCURSO DE MÉRITOS DEL AYUNTAMIENTO DE CASARES DE LAS
HURDES (CÁCERES)
Base primera: Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de estas Bases Generales regular la convocatoria para la provisión,
mediante el sistema de acceso libre y a través del procedimiento de concurso de méritos
dentro de un proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo
temporal del Ayuntamiento de Casares de las Hurdes, como personal laboral, de una
plaza de Promotor turístico, correspondiente a la Oferta de Empleo Público (Boletín
Oficial de la provincia de Cáceres núm.102, de 31 de mayo de 2022).
1.2. Dicha plaza aparece dotada presupuestariamente denominación Promotor
turístico, con los derechos y emolumentos que correspondan conforme a la legislación
vigente.
1.3. La persona seleccionada que obtenga plaza quedará sometida al sistema de
incompatibilidad actualmente vigente, siendo sus funciones las que siguen a
continuación:
a) Atención telefónica y presencial al público en la Oficina de Turismo de
Casares de las Hurdes y en otras dependencias municipales si fuera necesario.
b) Las funciones de este personal se habrán de orientar no solo a ser
informadores de los recursos turísticos del municipio y su comarca, sino que, dado que
se pretende actúen como verdaderos dinamizadores turísticos de la zona, en aras del
fomento, promoción y conocimiento de la realidad
turística en la que se ubican, prestarán en todo caso información turística de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) En el ejercicio de sus funciones, el personal de la
oficina de turismo fomentará el cuidado y protección del medio ambiente, y de la
limpieza, ornato e imagen del municipio, especialmente de las rutas turísticas
d) Recogida de datos estadísticos y envío de los mismos.
e) Intervención y promoción turística a través de Redes Sociales
f) Participación en eventos, jornadas, etc, relacionados con la promoción
turística del municipio y la comarca de Las Hurdes
Base segunda. Legislación aplicable.
2.1. La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de
acuerdo con lo establecido en su artículo 2, en correlación con la disposición adicional
sexta que establece que “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter
excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el
sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
Cód.
Validación:
XXWQL7JRL3YQ6SFNLA7XWKAZS
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N.º 0248
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Expte 73/2022
BASES POR LAS QUE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PERSONAL
LABORAL, PROMOTOR TURÍSTICO, MEDIANTE PROCESO
EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA DE
CONCURSO DE MÉRITOS DEL AYUNTAMIENTO DE CASARES DE LAS
HURDES (CÁCERES)
Base primera: Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de estas Bases Generales regular la convocatoria para la provisión,
mediante el sistema de acceso libre y a través del procedimiento de concurso de méritos
dentro de un proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo
temporal del Ayuntamiento de Casares de las Hurdes, como personal laboral, de una
plaza de Promotor turístico, correspondiente a la Oferta de Empleo Público (Boletín
Oficial de la provincia de Cáceres núm.102, de 31 de mayo de 2022).
1.2. Dicha plaza aparece dotada presupuestariamente denominación Promotor
turístico, con los derechos y emolumentos que correspondan conforme a la legislación
vigente.
1.3. La persona seleccionada que obtenga plaza quedará sometida al sistema de
incompatibilidad actualmente vigente, siendo sus funciones las que siguen a
continuación:
a) Atención telefónica y presencial al público en la Oficina de Turismo de
Casares de las Hurdes y en otras dependencias municipales si fuera necesario.
b) Las funciones de este personal se habrán de orientar no solo a ser
informadores de los recursos turísticos del municipio y su comarca, sino que, dado que
se pretende actúen como verdaderos dinamizadores turísticos de la zona, en aras del
fomento, promoción y conocimiento de la realidad
turística en la que se ubican, prestarán en todo caso información turística de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) En el ejercicio de sus funciones, el personal de la
oficina de turismo fomentará el cuidado y protección del medio ambiente, y de la
limpieza, ornato e imagen del municipio, especialmente de las rutas turísticas
d) Recogida de datos estadísticos y envío de los mismos.
e) Intervención y promoción turística a través de Redes Sociales
f) Participación en eventos, jornadas, etc, relacionados con la promoción
turística del municipio y la comarca de Las Hurdes
Base segunda. Legislación aplicable.
2.1. La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de
acuerdo con lo establecido en su artículo 2, en correlación con la disposición adicional
sexta que establece que “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter
excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el
sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
Cód.
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