Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. (BOP-2022-6562)
BOP-2022-6562 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la notificación del Decreto de la Alcaldía, en virtud de las condiciones
publicadas en la relación de puesto de trabajo vigente en el momento de la contratación.
Base décimo segunda: Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se
incorporará como empleada/o público del Excmo. Ayuntamiento de Casares de las
Hurdes a todos los efectos, en la categoría y servicio a la que han optado, debiendo
desempeñar con diligencia las tareas que le sean asignadas y velar por los intereses
generales con sujeción y observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento
jurídico, y deberán actuar conforme a los principios que inspiran el Código de Conducta
de los Empleados Públicos especificado en el Capítulo VI del Título III del Real
Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Base décimo tercera: Protección de datos de carácter personal.
La presentación de la solicitud para participar en el presente proceso selectivo
implicará, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, el
consentimiento para su inclusión en un fichero automatizado cuyos datos serán tratados
para fines exclusivamente relacionados con la gestión de las competencias ejercidas por
el Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. Ello implica la autorización para la
publicación de los nombres y calificaciones obtenidas por las personas aspirantes en el
presente Concurso y Evaluación.
No obstante, en cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar el
derecho de acceso, rectificación o cancelación mediante escrito dirigido al Excmo.
Ayuntamiento de Casares de las Hurdes, de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
Derechos Digitales, y las normas que la desarrollan.
Base décimo cuarta: Recursos.
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, según cuál
sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso
administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al
de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley
39 /2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de
interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
obstante, lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen
procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
Cód.
Validación:
5SWW25TTE53XX3ZL6Z9NXJXWZ
|
Verificación:
https://casaresdelashurdes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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10
de
12
CVE:
BOP-2022-6562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33444
La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la notificación del Decreto de la Alcaldía, en virtud de las condiciones
publicadas en la relación de puesto de trabajo vigente en el momento de la contratación.
Base décimo segunda: Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se
incorporará como empleada/o público del Excmo. Ayuntamiento de Casares de las
Hurdes a todos los efectos, en la categoría y servicio a la que han optado, debiendo
desempeñar con diligencia las tareas que le sean asignadas y velar por los intereses
generales con sujeción y observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento
jurídico, y deberán actuar conforme a los principios que inspiran el Código de Conducta
de los Empleados Públicos especificado en el Capítulo VI del Título III del Real
Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Base décimo tercera: Protección de datos de carácter personal.
La presentación de la solicitud para participar en el presente proceso selectivo
implicará, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, el
consentimiento para su inclusión en un fichero automatizado cuyos datos serán tratados
para fines exclusivamente relacionados con la gestión de las competencias ejercidas por
el Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. Ello implica la autorización para la
publicación de los nombres y calificaciones obtenidas por las personas aspirantes en el
presente Concurso y Evaluación.
No obstante, en cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar el
derecho de acceso, rectificación o cancelación mediante escrito dirigido al Excmo.
Ayuntamiento de Casares de las Hurdes, de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
Derechos Digitales, y las normas que la desarrollan.
Base décimo cuarta: Recursos.
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, según cuál
sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso
administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al
de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley
39 /2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de
interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
obstante, lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen
procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Plaza Lindón, 11 - C.P. 10628 - Tfno: 927-676172 - C.I.F. P-1005200I
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N.º 0248
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