Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2022-6545)
BOP-2022-6545 Provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Presidencia: un funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional,
designado a propuesta de la Alcaldía-Presidencia.
- Vocales:
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de
Cáceres. Un/a funcionario/a, perteneciente al subgrupo A1, designado por la Dirección General
de Administración Local de la Junta de Extremadura.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta de la Diputación de Cáceres.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta de la Alcaldía-Presidencia. - Secretaría: será nombrada por la Alcaldía-
Presidencia de entre alguno de los vocales que pertenezca a la escala de habilitados
nacionales.
El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será conforme con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, con notificación
a la autoridad convocante.
El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Las decisiones se adoptarán por mayoría.
CUARTA: SOLICITUDES.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en la que quienes sean
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán a
la Alcaldía-Presidencia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
ACEHÚCHE (Cáceres), en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1
CVE:
BOP-2022-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33135
designado a propuesta de la Alcaldía-Presidencia.
- Vocales:
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de
Cáceres. Un/a funcionario/a, perteneciente al subgrupo A1, designado por la Dirección General
de Administración Local de la Junta de Extremadura.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta de la Diputación de Cáceres.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
designado a propuesta de la Alcaldía-Presidencia. - Secretaría: será nombrada por la Alcaldía-
Presidencia de entre alguno de los vocales que pertenezca a la escala de habilitados
nacionales.
El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será conforme con los artículos 23 y
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, con notificación
a la autoridad convocante.
El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Las decisiones se adoptarán por mayoría.
CUARTA: SOLICITUDES.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en la que quienes sean
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán a
la Alcaldía-Presidencia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
ACEHÚCHE (Cáceres), en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1
CVE:
BOP-2022-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33135