Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2022-6540)
BOP-2022-6540 Convocatoria y bases de selección de Personal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La cumplimentación incorrecta o incompleta de la solicitud será motivo de
exclusión en las listas provisionales de personas admitidas y excluidas,
abriéndose el plazo de subsanación establecido en la base quinta.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan
hecho constar en su solicitud.
La documentación a cumplimentar y presentar para la admisión en el
proceso selectivo correspondiente es la siguiente:
1- La solicitud en el modelo del anexo I, requiriendo tomar parte en las
correspondientes pruebas de acceso. Se hará constar que se reúnen las
condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que
se opta, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad, y se
presentarán en el Registro Electrónico General de esta Mancomunidad o
en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o por vía telemática.
2- Justificante emitido por la entidad bancaria del pago del precio
público.
3- Titulación académica.
4- Todos los documentos que acrediten los méritos correspondientes a
servicios prestados en una Administración Pública distinta de la
Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez y el resto de méritos
alegados de conformidad con la base séptima.
4.2. Pago de precio público.
Las personas aspirantes deberán abonar, en concepto de derechos de
examen para la participación en las convocatoria, 50,00 €.
Se procederá al pago mediante transferencia bancaria al siguiente número
de cuenta: ES62 2103 7312 9100 3000 3020.
La falta de abono en concepto de participación en las convocatorias de
selección de personal, determinará la exclusión de la persona solicitante
en las listas provisionales, pudiendo subsanar en el plazo establecido en la
base quinta. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del
pago de la tasa en concepto de participación en las convocatorias de
selección de personal, supondrá la sustitución del trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Procederá la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no
se realice su hecho imponible (la realización del concurso de méritos) por
CVE:
BOP-2022-6540
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 33065
La cumplimentación incorrecta o incompleta de la solicitud será motivo de
exclusión en las listas provisionales de personas admitidas y excluidas,
abriéndose el plazo de subsanación establecido en la base quinta.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan
hecho constar en su solicitud.
La documentación a cumplimentar y presentar para la admisión en el
proceso selectivo correspondiente es la siguiente:
1- La solicitud en el modelo del anexo I, requiriendo tomar parte en las
correspondientes pruebas de acceso. Se hará constar que se reúnen las
condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que
se opta, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad, y se
presentarán en el Registro Electrónico General de esta Mancomunidad o
en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o por vía telemática.
2- Justificante emitido por la entidad bancaria del pago del precio
público.
3- Titulación académica.
4- Todos los documentos que acrediten los méritos correspondientes a
servicios prestados en una Administración Pública distinta de la
Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez y el resto de méritos
alegados de conformidad con la base séptima.
4.2. Pago de precio público.
Las personas aspirantes deberán abonar, en concepto de derechos de
examen para la participación en las convocatoria, 50,00 €.
Se procederá al pago mediante transferencia bancaria al siguiente número
de cuenta: ES62 2103 7312 9100 3000 3020.
La falta de abono en concepto de participación en las convocatorias de
selección de personal, determinará la exclusión de la persona solicitante
en las listas provisionales, pudiendo subsanar en el plazo establecido en la
base quinta. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del
pago de la tasa en concepto de participación en las convocatorias de
selección de personal, supondrá la sustitución del trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Procederá la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no
se realice su hecho imponible (la realización del concurso de méritos) por
CVE:
BOP-2022-6540
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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