Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdefuentes. (BOP-2022-6537)
BOP-2022-6537 Bases Generales y Especificas y convocatoria para provisión de plazas derivadas de proceso de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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plazo de presentación de solicitudes deberá presentar el certificado acreditativo de haber
superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para
su expedición.
Documentos acreditativos de los méritos alegados. Copia de los documentos acreditativos de
los méritos que deben ser valorados en la fase de concurso de acuerdo con los méritos
establecidos en las bases especificas en relación con cada plaza que se convoca; y ello sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
Asimismo, las personas aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del
proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de
participación dan su consentimiento para que la administración actuante pueda proceder a la
publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal
efecto.
La fecha límite para la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en plazo.
La presentación de documentación inexacta o falsa, determinará, en cualquier momento del
procedimiento, la exclusión del/a aspirante.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Valdefuentes será comprobada de oficio por el mismo, no obstante se deberá alegar por los
solicitantes en relación con los méritos alegados.
Los méritos a valorar, que no se presenten no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Los/as ciudadanos/as no nacionales, deberán acreditar su residencia legal en España, y en lo
que se refiere a la titulación, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación, también
compulsados.
Los/as aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer
las adaptaciones de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades
con el resto de aspirantes.
SEXTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
CVE:
BOP-2022-6537
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 33026
superado los estudios conducentes a la obtención del mismo y del abono de los derechos para
su expedición.
Documentos acreditativos de los méritos alegados. Copia de los documentos acreditativos de
los méritos que deben ser valorados en la fase de concurso de acuerdo con los méritos
establecidos en las bases especificas en relación con cada plaza que se convoca; y ello sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
Asimismo, las personas aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del
proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de
participación dan su consentimiento para que la administración actuante pueda proceder a la
publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal
efecto.
La fecha límite para la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en plazo.
La presentación de documentación inexacta o falsa, determinará, en cualquier momento del
procedimiento, la exclusión del/a aspirante.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Valdefuentes será comprobada de oficio por el mismo, no obstante se deberá alegar por los
solicitantes en relación con los méritos alegados.
Los méritos a valorar, que no se presenten no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Los/as ciudadanos/as no nacionales, deberán acreditar su residencia legal en España, y en lo
que se refiere a la titulación, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación, también
compulsados.
Los/as aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer
las adaptaciones de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades
con el resto de aspirantes.
SEXTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
CVE:
BOP-2022-6537
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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