Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2022-6523)
BOP-2022-6523 Modificación de Créditos n.º 13/2022 crédito extraordinario.
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ELM La Moheda de Gata
Plaza de España nº 1, La Moheda de Gata. 10849 (Cáceres). Tfno. 927140109. Fax: 927140109
AYUNTAMIENTO ELM DE LA MOHEDA DE GATA
ANUNCIO
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 13/2022 del
vigente Presupuesto municipal que adopta la modalidad de crédito Extraordinario,
financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales, resultante de la
Liquidación del Presupuesto de 2021., aprobado por la Junta Vecinal, en sesión Extraordinaria de
fecha 28 de Noviembre de 2022, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión
del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
tas en Concepto de Gastos
Prog Económ Decripción Créditos
Iniciales
MC
Anteriores
Importe MC
13/2022
Créditos
Definitivos
22706
Estudios y
Trabajos
Ténicos
0,00 0,00 1.944,00 1.944,00 1.944,00
0,00 0,00 1.944,00 1.944,00 1.944,00
FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería para Gastos
Generales, resultante de la Liquidación del Presupuesto de 2021, siguiente detalle:
Bajas en Aplicaciones de Ingresos
Capítulo Artículo Concepto/Subconcepto Denominación Importe Modificación
8 87 87000 Remanente de Tesorería para
Gastos Generales 1.944,00
1.944,00
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo
37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-
administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
El Alcalde Pedáneo en funciones (Res. Delg. 21/11/2022).
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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