Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ladrillar. (BOP-2022-6520)
BOP-2022-6520 Convocatoria de empleo para estabilización de empleo temporal.
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jerárquico, en aras del correcto funcionamiento de los servicios y en beneficio de la
comunidad.
Base segunda. Legislación aplicable.
2.1. La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y
consolidación de empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de
acuerdo con lo establecido en su artículo 2, en correlación con la disposición adicional
sexta que establece que “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter
excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el
sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
2.2.La convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en sus Anexos y
por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de las Administración General del Estado; Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que debe ajustarse el procedimiento de selección
de los funcionarios de Administración Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015,
de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.
Base tercera: Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir,
antes de que termine el último día de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta la
finalización del proceso selectivo correspondiente, que se verá culminado con el
llamamiento para la firma del contrato, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de 23 de diciembre
(desarrollada por el R.D. 800/95), modificada por la Ley 55/99, de 29 de diciembre. Las
personas nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán
acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el
artículo 2.2.12.b), el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o
estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con la
que tenga dicho vínculo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para desempañar tales funciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
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Jueves, 29 de diciembre de 2022
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