Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ladrillar. (BOP-2022-6520)
BOP-2022-6520 Convocatoria de empleo para estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este
Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el
art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda
interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
DILIGENCIA: La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que tal borrador de las
bases han sido aprobadas por Resolución de Alcaldía de fecha 22-12-2022.
Documento firmado electrónicamente
LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo. Alicia Ramos Pascual.
C/ Luis García Tafalla, 7 - C.P. 10625 - Tfno: 927 677330 - C.I.F. P-1011100C
Cód.
Validación:
5YSWEWPGYC2AR3LT3D73R4PW3
|
Verificación:
https://ladrillar.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2022-6520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 32934
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este
Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el
art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda
interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
DILIGENCIA: La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que tal borrador de las
bases han sido aprobadas por Resolución de Alcaldía de fecha 22-12-2022.
Documento firmado electrónicamente
LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo. Alicia Ramos Pascual.
C/ Luis García Tafalla, 7 - C.P. 10625 - Tfno: 927 677330 - C.I.F. P-1011100C
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