Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraicejo. (BOP-2022-6517)
BOP-2022-6517 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las
mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
de las mismas.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas las puntuaciones definitivas.
En el supuesto de que se produzcan empates en las puntuaciones obtenidas por los
aspirantes, se tendrá en cuenta para dirimir el empate, en primer lugar, la puntuación obtenida
en el apartado 1. Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Jaraicejo, ocupando el puesto
de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria; en segundo lugar atendiendo a
la puntuación en el apartado 2 y de persistir el empate se tenderá a la puntuación obtenida en
los servicios prestados en cualquier Administración Pública”, si se mantuviese la igualdad, se
acudirá al apartado b) de Formación y de persistir el empate, se resolverá por sorteo.
OCTAVA. Relación de personas aprobadas, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento.
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Alcaldía deberá de nombrar al aspirante propuesto, en el plazo del mes siguiente a contar
desde la terminación de los veinte días anteriores y se procederá a la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de
un mes, salvo que el interesado se encontrara en situación de excedencia forzosa, en la que
continuará hasta la finalización de esta, procediéndose entonces a la firma del contrato.
CVE:
BOP-2022-6517
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 32888
mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
de las mismas.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas las puntuaciones definitivas.
En el supuesto de que se produzcan empates en las puntuaciones obtenidas por los
aspirantes, se tendrá en cuenta para dirimir el empate, en primer lugar, la puntuación obtenida
en el apartado 1. Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Jaraicejo, ocupando el puesto
de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria; en segundo lugar atendiendo a
la puntuación en el apartado 2 y de persistir el empate se tenderá a la puntuación obtenida en
los servicios prestados en cualquier Administración Pública”, si se mantuviese la igualdad, se
acudirá al apartado b) de Formación y de persistir el empate, se resolverá por sorteo.
OCTAVA. Relación de personas aprobadas, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento.
Una vez terminada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Alcaldía deberá de nombrar al aspirante propuesto, en el plazo del mes siguiente a contar
desde la terminación de los veinte días anteriores y se procederá a la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de
un mes, salvo que el interesado se encontrara en situación de excedencia forzosa, en la que
continuará hasta la finalización de esta, procediéndose entonces a la firma del contrato.
CVE:
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