Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2022-6516)
BOP-2022-6516 Convocatoria para la provisión de varias plazas, como personal laboral mediante concurso-oposición, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización.
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Normativa de desarrollo de las anteriores.
TERCERA.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
3.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar, cualquiera
que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de
otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de
derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados/as
de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. En este
supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite
las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa
c) Estar en posesión del título exigido para el acceso al cuerpo/categoría de que se trate,
según figura en el Anexo I. La acreditación de este requisito se realizará por los
aspirantes mediante la presentación de documento original o copia auténtica del título
correspondiente
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
CVE:
BOP-2022-6516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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