Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2022-6500)
BOP-2022-6500 Bases y Convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir dos plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio y una plaza de Profesor/a Educación Infantil.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castañar de Ibor
PLAZA DE ESPAÑA, 1. 10340 CASTAÑAR DE IBOR (CÁCERES) TEF. 927 55 40 02 ayuntamiento@castanardeibor.es
CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN POR CONCURSO (PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO
TEMPORAL -D.A. 6ª Y 8ª DE LA LEY 20/2021). EXPTE 126/2022
expedido por la Escuela Oficial de
Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial
reconocido.
- Nivel C2: 3 puntos
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
descrita en cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no
alegados o no acreditados en plazo.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante
copia auténtica del certificado expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se
acreditarán mediante copia auténtica de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación
de la copia auténtica de la titulación correspondiente
En caso de empate en la puntuación final en la fase de concurso, se tendrá
en cuenta para dirimir el empate, en primer lugar, la mayor puntuación obtenida en
el subapartado a.1) del apartado A) experiencia profesional, seguido de la
puntuación obtenida en el apartado de B) otros méritos. De persistir el empate, éste
se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados,
de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado
por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el
artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que se publicará en el BOE,
y de coincidir dicha letra, por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso
selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados
y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las
personas aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido
8
Cód.
Validación:
4CDDYKCHRQP2P2DG2ZZ6YNYFS
|
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
22
CVE:
BOP-2022-6500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
Pág. 32759