Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2022-6481)
BOP-2022-6481 Bases convocatoria plaza de Auxiliar Administrativo/a por concurso-oposición.
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El solo hecho de presentar instancia tomando parte en la convocatoria constituye sometimiento
expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de
la Ley Reguladora de esta convocatoria de proceso selectivo.
4.3. Datos personales: los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán
tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un
acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable
del tratamiento de estos datos.
QUINTA. Admisión de Aspirantes.
5.1. Lista provisional de admitidos: finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-
Presidente dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas. Dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres y en la sede electrónica del Ayuntamiento, incluirá la lista completa de aspirantes
admitidos y excluidos, con indicación del motivo de exclusión, en su caso, así como del plazo
de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.2. Lista definitiva de admitidos: finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará
por los mismos medios resolución elevando a definitiva la lista provisional, incluyendo a los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando
lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento, así como los componentes del tribunal de
selección.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones previstas
en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía
de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
5.3.- Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia
Española.
En la misma publicación se hará constar la designación nominal del Tribunal.
CVE:
BOP-2022-6481
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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