Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2022-6479)
BOP-2022-6479 Bases y convocatorias para la provisión de 6 plazas en el proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como
funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica la relación de aprobados, por el
orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de
los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su
cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el
órgano que nombró al Tribunal.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad
de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión,
el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y se formalizará con ellos contrato
laboral como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Serradilla, que se publicará en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia
de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados
a los aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
Validación:
42DR4GAM3243HQKG33S2D3R93
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Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31789
funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica la relación de aprobados, por el
orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de
los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su
cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el
órgano que nombró al Tribunal.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad
de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión,
el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y se formalizará con ellos contrato
laboral como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Serradilla, que se publicará en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia
de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados
a los aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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