Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2022-6477)
BOP-2022-6477 Convocatoria de una plaza de Operario/a de Servicios Múltiples, Personal Laboral, mediante el sistema de concurso. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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resolverá de forma motivada lo que proceda. Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de
participación. La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en
el Boletín Oficial del Estado. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no
acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse
en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado
mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la base novena.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de
Salorino dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de los/as
aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (http:/salorino.sedelectronica.es), y en su caso, en el tabón de anuncios, para mayor difusión,
y señalará un plazo de diez días para subsanaciones.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento (http://salorino.sedelectronica.es) y en el Tablón de Anuncios. Igualmente, en la misma
resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en los artículos 4
del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares, y sus
correspondientes suplentes, con voz y voto, que a continuación se indican: Presidente/a, Secretario/a y 3
vocales.
Los Tribunales de selección serán designados por resolución del Sr. Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Salorino , en las que se concretará las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en
los últimos dos años.
El personal funcionario interino o laboral temporal.
El personal eventual.
CVE:
BOP-2022-6477
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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participación. La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en
el Boletín Oficial del Estado. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no
acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse
en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado
mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la base novena.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de
Salorino dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de los/as
aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (http:/salorino.sedelectronica.es), y en su caso, en el tabón de anuncios, para mayor difusión,
y señalará un plazo de diez días para subsanaciones.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento (http://salorino.sedelectronica.es) y en el Tablón de Anuncios. Igualmente, en la misma
resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en los artículos 4
del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares, y sus
correspondientes suplentes, con voz y voto, que a continuación se indican: Presidente/a, Secretario/a y 3
vocales.
Los Tribunales de selección serán designados por resolución del Sr. Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Salorino , en las que se concretará las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en
los últimos dos años.
El personal funcionario interino o laboral temporal.
El personal eventual.
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Verificable
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