Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2022-6471)
BOP-2022-6471 Convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Biblioteca, mediante el sistema de concurso, por turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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DÉCIMA.- INCIDENCIAS Y NORMATIVA DE APLICACIÓN
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las
actuaciones del Tribunal Único, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos
y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley
7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento
de selección de los funcionarios de Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de
Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás
normas concordantes de general aplicación.
UNDÉCIMA.- IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Puerto de Santa Cruz, 20 de enero de 22
Antonio Ruiz Gómez
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-6471
Verificable
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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