Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puerto de Santa Cruz. (BOP-2022-6469)
BOP-2022-6469 Convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, mediante el sistema de concurso, por turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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b) Otros méritos
La máxima puntuación a obtener en este apartado de “otros méritos” será de 35 puntos.
b.1) Formación.
Se valorará la formación con un máximo de 21 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los
cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y complementarios que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las siguientes áreas:
-.Formación en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y violencia de género.
Formación sobre manejo programas de contabilidad.
Formación relacionada con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Formación relacionada con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Formación relacionada con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público.
- Prevención de riesgos laborales.
- Padrón Municipal de Habitantes.
- Portal Webs.
La formación impartida o recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originales o
copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades
formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con
criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días concretos de
CVE:
BOP-2022-6469
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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