Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6459)
BOP-2022-6459 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Técnico/a de Turismo, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
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www.malpartidadecaceres.es
• Puesto y funciones realizadas.
• Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación)
• Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario)
• Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
• Total de días vinculados y régimen de jornada (completa, tiempo parcial)
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. A estos efectos, se calculará en cada
subapartado del baremo el número total de días cotizados y se dividirá entre treinta, de tal manera
que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o algunos
de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
2. Otros Méritos (20 puntos máximo).
Formación:
Se valorarán los cursos de formación, recibidos (máximo 20 puntos), incluidas: jornadas,
seminarios, talleres y similares, debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente
relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, con contenidos transversales y
complementarios, así como de formación general relativa a: ofimática, competencias digitales,
prevención de riesgos laborales, idiomas, igualdad de género, lenguaje de signos, procedimiento
administrativo, administración local, desarrollo local, que contribuyan al desarrollo personal y
profesional de los empleados públicos, impartidos por Centros Oficiales y demás
Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de Formación continua de las
Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier
organismo público o privado, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos en
horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga
determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del
curso.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
- Acciones formativas realizadas que no especifiquen número de horas, se valorarán con 0,60
puntos.
- Acciones formativas realizadas que especifiquen número de horas, se valorarán con 0,20
puntos hora formativa.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia
de un crédito igual a 10 horas, cuando no conste otra especificación. Si se indican los créditos
ECTS, se valorarán a razón de 25 horas por cada crédito.
No se valorarán los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción
interna independiente, ni la formación especializada que resulte imprescindible para la obtención
de una titulación académica determinada o para el ejercicio de una profesión.
CVE:
BOP-2022-6459
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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