Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6454)
BOP-2022-6454 Convocatoria para la provisión de una plaza de Operario/a de Jardinería, mediante concurso-oposición, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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a) Calificación de la fase de oposición: Supondrá la suma de las puntuaciones obtenidas en
cada uno de los supuestos, es decir, el ejercicio teórico y el ejercicio práctico, hasta un
máximo de 60 puntos.
b) Calificación de la fase de concurso: la puntuación de esta fase será el resultado de sumar
las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables, hasta un máximo
de 40 puntos.
9.2 En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios para desempatar:
En el supuesto de que se produzcan empates, se aplicará, en primer lugar, el apartado primero de
méritos profesionales, atendiendo a la mayor antigüedad como funcionario/a interino/a,
contratación temporal o indefinido no fijo en el desempeño del puesto de trabajo correspondiente
a la plaza convocada en el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. De persistir el empate se
atenderá, al apartado segundo de méritos profesionales, es decir, a la mayor antigüedad en el
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres como funcionario/a interino, contratación temporal e
indefinido no fijo, en puestos de similar naturaleza que complementes las funciones de la plaza
convocada. Por último, si aún así persiste el empate, se atenderá, al apartado tercero de méritos
profesionales, es decir, a la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como
funcionario interino, contratación temporal e indefinido no fijo, en el desempeño de plazas de
igual denominación y del mismo grupo o subgrupo de titulación que el de la plaza convocada.
Décima. Desarrollo del proceso selectivo.
10.1 Desarrollo de la fase de oposición:
10.1.1 Llamamiento único: Las personas participantes serán convocadas a la celebración de los
ejercicios en llamamiento único y deberán ir provistas de documentación original
acreditativa vigente, bien D.N.I./N.I.E., permiso de conducir o pasaporte, únicos
documentos válidos para acreditar su identidad.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el tribunal, la no
presentación de la persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el
momento del llamamiento determinará automáticamente el decaimiento en su derecho a
participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluida en consecuencia
del proceso selectivo.
10.1.2 Acreditación de la identidad: Comenzada la práctica de los ejercicios, el tribunal
calificador podrá requerir en cualquier momento del proceso selectivo a las personas
participantes para que acrediten su identidad y demás requisitos exigidos en las bases de
la convocatoria.
10.1.3 Una vez finalizados valorados los ejercicios correspondientes esta fase de oposición, el
Tribunal de Selección hará público el resultado provisional mediante anuncio en el
Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica municipal, estableciendo un plazo para
reclamaciones de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación.
Finalizado el plazo dispuesto, el Tribunal resolverá las posibles reclamaciones
planteadas frente a los resultados provisionales, y publicará, seguidamente, el resultado
definitivo de esta fase.
CVE:
BOP-2022-6454
Verificable
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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