Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6453)
BOP-2022-6453 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Operario/a de Conductor/a, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
selectivo, tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno
o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos
acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que el opositor no acredite el cumplimiento de
los requisitos, el tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su
exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano municipal competente. Contra la resolución
de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos o reclamaciones que
correspondan. El tribunal continuará constituido hasta tanto no se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
7.7.Los Tribunales podrán excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación de
tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
7.8.Clasificación del Tribunal Calificador: el Tribunal Calificador ostentará la categoría que
corresponda al grupo de la Escala y Subescala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del
servicio.
Octava. Desarrollo del proceso de selección
La selección se realizará por el sistema de Concurso.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos, correspondiendo
80 puntos servicios prestados y 20 puntos a otros méritos). Serán méritos puntuables a cada
aspirante, los contraídos hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tras la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente
baremo:
1. Servicios Prestados (80 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal, o
indefinido no fijo, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de
acuerdo con el siguiente baremo:
A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando el puesto
de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria, se otorgarán 0,60 puntos,
hasta un máximo de 80 puntos.
Para aquellas plazas o categorías profesionales que, siendo idénticas en su contenido,
hayan sufrido modificación en su denominación a lo largo de los últimos años, bien para
adaptar las mismas a las nuevas titulaciones o bien por cualquier otra circunstancia, ambas
denominaciones serán objeto de valoración indistintamente.
B. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante en plazas de similar
naturaleza que complementen las funciones de la de la plaza convocada, se otorgarán 0,30
puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
C. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra Administración pública en plazas de
igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de la plaza
convocada, se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres se aportarán de oficio
por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al
CVE:
BOP-2022-6453
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31423
Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
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alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
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selectivo, tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno
o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos
acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que el opositor no acredite el cumplimiento de
los requisitos, el tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su
exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano municipal competente. Contra la resolución
de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos o reclamaciones que
correspondan. El tribunal continuará constituido hasta tanto no se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
7.7.Los Tribunales podrán excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación de
tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
7.8.Clasificación del Tribunal Calificador: el Tribunal Calificador ostentará la categoría que
corresponda al grupo de la Escala y Subescala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del
servicio.
Octava. Desarrollo del proceso de selección
La selección se realizará por el sistema de Concurso.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos, correspondiendo
80 puntos servicios prestados y 20 puntos a otros méritos). Serán méritos puntuables a cada
aspirante, los contraídos hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tras la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente
baremo:
1. Servicios Prestados (80 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal, o
indefinido no fijo, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de
acuerdo con el siguiente baremo:
A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando el puesto
de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria, se otorgarán 0,60 puntos,
hasta un máximo de 80 puntos.
Para aquellas plazas o categorías profesionales que, siendo idénticas en su contenido,
hayan sufrido modificación en su denominación a lo largo de los últimos años, bien para
adaptar las mismas a las nuevas titulaciones o bien por cualquier otra circunstancia, ambas
denominaciones serán objeto de valoración indistintamente.
B. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante en plazas de similar
naturaleza que complementen las funciones de la de la plaza convocada, se otorgarán 0,30
puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
C. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra Administración pública en plazas de
igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de la plaza
convocada, se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres se aportarán de oficio
por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31423