Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6447)
BOP-2022-6447 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Director/a de Escuela Infantil y tres plazas de Educador/a Infantil, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021,28 diciembre
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c) Fotocopia de la titulación exigida en estas bases o justificante de haber abonado la tasa por los
derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los
estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha
en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que
concluyeron los estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero,
deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
e) Acreditación de los méritos a valorar en el concurso, de conformidad con lo previsto en las
presentes bases.
f) Los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos
competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso, de la
Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la discapacidad,
el grado de la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
g) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en estas bases.
4.5 Causa de exclusión: La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en los
apartados precedentes será causa de exclusión del proceso selectivo.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de
forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma
prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios
que el resto de los participantes. La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo
dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para
la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad.
Quinta. Tasas por derecho de examen.
5.1. La tasa que corresponderá satisfacer será la vigente en el momento de presentar la instancia, de
conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derecho a Examen
del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres (BOP Cáceres núm. 0107, de 7 de junio de 2022),
con las bonificaciones en ella establecidas, y que será satisfecha en su totalidad dentro del plazo
de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad.
5.2. El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o transferencia en la siguiente cuenta
bancaria de titularidad municipal: Caja Almendralejo: IBAN ES54 3001 0087 0187 1000 0024
Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así
como la denominación del proceso selectivo en el que participan.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación en tiempo y forma de la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres.
5.3. La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada, objeto de esta convocatoria Grupo A, Subgrupo
A2, será de 25 euros.
5.4. La cantidad a satisfacer correspondiente a las plazas del Grupo C, Subgrupo C1, objeto de esta
convocatoria, será de 15 euros.
5.5. Estará bonificada la cuota de la Tasa con una reducción del 50% en el caso de personas con
discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Esta circunstancia se acreditará mediante original
o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios
CVE:
BOP-2022-6447
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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