Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6447)
BOP-2022-6447 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Director/a de Escuela Infantil y tres plazas de Educador/a Infantil, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021,28 diciembre
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El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles
a partir del día siguiente a la publicación de las mismas. La no presentación en la instancia de la
relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de solicitudes, así como la
documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica municipal, las puntuaciones
definitivas del Concurso.
Décima. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados.
10.1 Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador hará público el resultado por el orden
de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad (en la forma
prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal), así como las notas
parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al órgano competente para la
resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento.
10.2 El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el
fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos para su posible contratación como personal laboral fijo.
10.3 El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos
del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria.
Decimoprimera. Presentación de documentos.
Las personas aspirantes que figuren en la propuesta de contratación deberán presentar en el Registro
General del Ayuntamiento, en el plazo de los 20 días naturales siguientes al de la publicación de
dicha propuesta, los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, para su cotejo. Los nacionales de otros estados
de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de
documento válido acreditativo de su nacionalidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado, en sus mismos términos, el acceso al empleo público.
CVE:
BOP-2022-6447
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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