Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6441)
BOP-2022-6441 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar de Biblioteca, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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aplicación la libre circulación de trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de
documento válido acreditativo de su nacionalidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado, en sus mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria, para su compulsa,
o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así
como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la
credencial que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción jurada). Si
alguno de estos documentos estuviese expedido después de la fecha en que finalizó el plazo
de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incursos en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni impedimento físico ni psíquico
que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de las plazas convocadas, solo
en el caso de no estar en la situación administrativa de servicio activo.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase en plazo la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos
señalados en las presentes bases y normativa de aplicación, no podrá ser contratado y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
En caso de que la persona candidata a la que correspondiese contratar, desistiera o no reuniera los
requisitos exigidos, podrá contratarse a la siguiente persona de la lista, por estricto orden de
prelación, que hubiera superado el proceso de selección.
La persona aspirante nombrada deberá ser contratada en el plazo legalmente previsto, previa
declaración de no estar incursa en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, y demás normativa de aplicación.
Decimosegunda. Adjudicación de destinos.
12.1 La adjudicación de puestos de trabajo al personal laboral fijo se efectuará de acuerdo con las
peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido
en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada uno de los funcionarios interinos o
personal laboral temporal al puesto que desempeñe con carácter previo, en caso de que obtengan
plaza en el proceso selectivo.
12.2 Adaptación de puestos: En la solicitud de adjudicación de destino correspondiente a pruebas de
nuevo ingreso o promoción interna, los aspirantes con discapacidad propuestos por el Tribunal
podrán pedir la adaptación del puesto de trabajo correspondiente. A la solicitud deberán
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la
procedencia de la adaptación.
CVE:
BOP-2022-6441
Verificable
en:
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Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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