Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6440)
BOP-2022-6440 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, mediante concurso de méritos, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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a) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro
documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse
en vigor.
b) Recibo de haber abonado la Tasa por Derechos de Examen. El cumplimiento de este requisito
deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo
posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose
exclusivamente en fase de subsanación, la acreditación de su realización en el plazo indicado.
c) Fotocopia de la titulación exigida en estas bases o justificante de haber abonado la tasa por los
derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los
estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha
en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que
concluyeron los estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero,
deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en el concurso, de conformidad con lo previsto en las
presentes bases.
e) Los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos
competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso, de la
Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la discapacidad,
el grado de la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
f) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en estas bases.
4.5 Causa de exclusión: La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en
los apartados precedentes será causa de exclusión del proceso selectivo.
Quinta. Tasas por derecho de examen.
5.1. La tasa que corresponderá satisfacer por derechos de examen para cada una de las
plazas/categorías será la vigente en el momento de presentar la instancia, de conformidad con
lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasas por Derecho a Examen del
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres (BOP Cáceres núm. 0107, de 7 de junio de 2022),
con las bonificaciones en ella establecidas, y que será satisfecha en su totalidad dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad.
5.2. El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o transferencia en la siguiente cuenta
bancaria de titularidad municipal: Caja Almendralejo: IBAN ES54 3001 0087 0187 1000 0024
Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así
como la denominación del proceso selectivo en el que participan.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud en el registro general del
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
5.3.La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada, objeto de esta convocatoria Grupo C, Subgrupo
C2, será de 12 euros.
5.4. Estará bonificada la cuota de la Tasa con una reducción del 50% en el caso de personas con
discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Esta circunstancia se acreditará mediante original
o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de
Servicios Sociales, y deberá encontrarse actualizado a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Esta documentación deberá entregarse junto con la solicitud.
CVE:
BOP-2022-6440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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