Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2022-6437)
BOP-2022-6437 Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio y otras Ordenanzas Fiscales.
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- Niños/as de 4 a 13 años. 1,20 euros.
- Mayores de 14 años: 2,50 euros.
Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada del siguiente modo:
Disposición adicional segunda. Aforos.
1. Los/as titulares de abonos adquiridos para el acceso a la piscina o al gimnasio municipales
deberán respetar en todo caso el aforo señalado para cada una de las instalaciones.
2. La imposibilidad de acceso a la piscina o al gimnasio por encontrarse el aforo completo no
generará ningún derecho de indemnización a los/as usuarios/as.
Disposición Final.
1. Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente al de la publicación
íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresas.
2. La nueva tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio se comenzará a aplicar a
partir del día 1 de enero de 2023.
Ibahernando, 20 de diciembre de 2022
María Isabel Muñoz Barrado
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2022-6437
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31131
- Mayores de 14 años: 2,50 euros.
Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada del siguiente modo:
Disposición adicional segunda. Aforos.
1. Los/as titulares de abonos adquiridos para el acceso a la piscina o al gimnasio municipales
deberán respetar en todo caso el aforo señalado para cada una de las instalaciones.
2. La imposibilidad de acceso a la piscina o al gimnasio por encontrarse el aforo completo no
generará ningún derecho de indemnización a los/as usuarios/as.
Disposición Final.
1. Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente al de la publicación
íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresas.
2. La nueva tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio se comenzará a aplicar a
partir del día 1 de enero de 2023.
Ibahernando, 20 de diciembre de 2022
María Isabel Muñoz Barrado
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2022-6437
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31131