Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2022-6435)
BOP-2022-6435 Bases convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, dos plazas: Auxiliar administrativo/a y personal de limpieza, proceso extraordinario de estabilización empleo temporal.
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4.3.Junto con la solicitud, se presentará:
Copia D.N.I., pasaporteo cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
Copia compulsada de la Titulación Académica requerida o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo.
Relación acreditativa de los méritos alegados (Hoja auto-evaluable, Anexo II), debiendo
venir acompañado de los documentos fehacientes de tales méritos.
Informe de Vida Laboral reciente.
Declaración responsable de los requisitos exigidos en las bases (Anexo III).
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o
en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de
la gestión de dicho proceso selectivo.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Hernán - Pérez será comprobada de oficio por el mismo.
Los méritos a valorar, que no se presenten no serán valorados por el Tribunal de Selección.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá
recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación
complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos
alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de
presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
El solo hecho de presentar instancia tomando parte en la convocatoria constituye sometimiento
expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de
la Ley Reguladora de esta convocatoria de proceso selectivo.
CVE:
BOP-2022-6435
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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