Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berrocalejo. (BOP-2022-6425)
BOP-2022-6425 Aprobación inicial Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por derechos de examen.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Berrocalejo
ANUNCIO. Aprobación inicial Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por
derechos de examen.
Aprobada inicialmente, la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por derechos de
examen, por Acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2022, de conformidad con los
artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de
treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en elBoletín
Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este Ayuntamiento,
http://berrocalejo.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Berrocalejo, 23 de diciembre de 2022
Ángel Pedro Martínez Cáceres
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-6425
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 30986
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Berrocalejo
ANUNCIO. Aprobación inicial Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por
derechos de examen.
Aprobada inicialmente, la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por derechos de
examen, por Acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2022, de conformidad con los
artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de
treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en elBoletín
Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este Ayuntamiento,
http://berrocalejo.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Berrocalejo, 23 de diciembre de 2022
Ángel Pedro Martínez Cáceres
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-6425
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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