Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2022-6408)
BOP-2022-6408 Convocatoria Auxiliares administrativos/as del OARGT.
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La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, contendrá como anexo único, la
relación nominal de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de
inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la página web y los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y
excluidos.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía
de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u
omisiones.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en
los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando
formados por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria y su correspondiente suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el órgano competente en Administración Local de
la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente.
CVE:
BOP-2022-6408
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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