Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2022-6405)
BOP-2022-6405 Edicto de 31 de agosto de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Berzocana de delegación de la gestión tributaria y recaudatoria de los tributos municipales.
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Y de otra parte, la Sra. Dña. Mª ÁNGELES DÍAZ BENITO, Alcaldesa-Presidenta del Excmo.
Ayuntamiento de BERZOCANA, con CIF nº P1003000E y asistida por el Secretario municipal
Sr. D. ANTONIO GIL GARCÍA y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la
Corporación en sesión ordinaria de fecha 10 de junio de 2020.
EXPONEN
I
Que el Ayuntamiento, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución
forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4º de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión, liquidación,
recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que pueda
otorgar a favor de las Entidades Locales de ámbito superior y de las fórmulas de colaboración
con ellas, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la misma Ley y los artículos 7.1 y
8.4 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante O.A.R.G.T., tiene a su vez la competencia que
específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada Ley, de asistencia y cooperación
jurídica, económica y técnica a los Ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios
administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las Corporaciones respectivas, las dos partes
establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes.
ESTIPULACIONES:
PRIMERA. CONTENIDO Y EXCLUSIVIDAD DE LAS FUNCIONES DELEGADAS.
El Ayuntamiento de BERZOCANA delega en el O.A.R.G.T. de la Excma. Diputación Provincial
de Cáceres, la Gestión Tributaria y la Recaudación de sus tributos locales conforme a lo
siguiente:
CVE:
BOP-2022-6405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 30757
Ayuntamiento de BERZOCANA, con CIF nº P1003000E y asistida por el Secretario municipal
Sr. D. ANTONIO GIL GARCÍA y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la
Corporación en sesión ordinaria de fecha 10 de junio de 2020.
EXPONEN
I
Que el Ayuntamiento, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución
forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4º de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión, liquidación,
recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que pueda
otorgar a favor de las Entidades Locales de ámbito superior y de las fórmulas de colaboración
con ellas, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la misma Ley y los artículos 7.1 y
8.4 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante O.A.R.G.T., tiene a su vez la competencia que
específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada Ley, de asistencia y cooperación
jurídica, económica y técnica a los Ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios
administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las Corporaciones respectivas, las dos partes
establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes.
ESTIPULACIONES:
PRIMERA. CONTENIDO Y EXCLUSIVIDAD DE LAS FUNCIONES DELEGADAS.
El Ayuntamiento de BERZOCANA delega en el O.A.R.G.T. de la Excma. Diputación Provincial
de Cáceres, la Gestión Tributaria y la Recaudación de sus tributos locales conforme a lo
siguiente:
CVE:
BOP-2022-6405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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