Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6401)
BOP-2022-6401 Convocatoria de concurso oposición de dos plazas de Técnicos/as en Prevención de Riesgos Laborales.
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b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes, de la titulación universitaria de Grado, Diplomado/a Universitario/a o
de la titulación equivalente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, verificado por el Consejo de Universidades a través del
cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, o haber superado 180 créditos
de los tres primeros cursos completos o el primer ciclo de una Licenciatura, Ingeniería o
Arquitectura, a excepción, en este de las titulaciones que habiliten para el ejercicio de una
profesión.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia, conforme al Real Decreto 967/2014, de 21 de
noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y
declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la
convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la
correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de
los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y
Diplomado.
d) Estar en posesión del Título Universitario Oficial de haber cursado el Máster que les faculta
como Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales o de la formación necesaria para de-
sempeñar las funciones de Nivel Superior de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, en
ambos casos, en las tres especialidades existentes de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial
y Ergonomía/Psicosociología aplicada, establecidas en los artículo 37 del Real Decreto 39/1997,
de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. La acredita-
ción de la formación necesaria para desempeñar las funciones de técnico superior en PRL que se
impartía antes de los actuales Máster universitarios, se hará documentando fehacientemente la fe-
cha de la resolución de la autoridad laboral autorizando el curso en centro debidamente acreditado
para ello.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
CVE:
BOP-2022-6401
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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