Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6400)
BOP-2022-6400 Convocatoria de concurso-oposición de una plaza de Técnico/a en Igualdad de Genero.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como
desempleados/as durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las
convocatorias en el B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro
documento de los servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe
de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes, quedando excluidos de forma definitiva en caso contrario.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola
vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
CVE:
BOP-2022-6400
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como
desempleados/as durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las
convocatorias en el B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro
documento de los servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe
de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes, quedando excluidos de forma definitiva en caso contrario.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola
vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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