Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2022-6382)
BOP-2022-6382 Aprobación de bases y convocatoria en el marco de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo/a.
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Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
Plza. España, 1, Guijo de Galisteo. 10816 (Cáceres) Tfno. 927449061. Fax: 927449100
De conformidad con la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público las
Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso de méritos, aquellas plazas que,
reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
7.1 .- Procedimiento de Selección.
El procedimiento de selección será el de concurso, consistente en una valoración de méritos,en
el que se asignará un máximo de 20 puntos.
Los méritos profesionales supondrán un 60% del total de la puntuación máxima. (12 puntos).Los
méritos académicos supondrán un 40% del total de la puntuación máxima. (8 puntos).
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de la publicacióndel
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia
denominada “AUTOEVALUACIÓN CURRICULAR” de estas bases y el Anexo II de las presentes
bases., así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Cuarta.
Los méritos se presentarán mediante copias, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
7.2.- Méritos computables:
7. 2.1.- MÉRITOS PROFESIONALES
Se valoraran los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea
la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha
de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP, con un máximo de 15 años y hasta un 60%
de la puntuación (Máximo 12 puntos).
7.2.1.a) Servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo Cuerpo o Escala o como
personal laboral temporal o indefinido no fijo en la misma Categoría profesional y Especialidad en el
Ayuntamiento de Guijo de Galisteo: 0,07 puntos por cada mes completo.
7.2.1.b) Servicios prestados como personal funcionario interino en otros Cuerpos o Escalas o como
personal laboral temporal o indefinido no fijo en otras Categorías profesionales y Especialidades en el
Ayuntamiento de Guijo de Galisteo: 0,05 puntos por cada mes completo.
7.2.1.c) Servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo Cuerpo y Escala o
personal laboral temporal o indefinido no fijo en la misma Categoría profesional y Especialidad en otras
Administraciones públicas: 0,04 puntos por cada me completo.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa en el Ayuntamiento de Guijo de Galisteo ,
se valorarán en proporción de la jornada realmente trabajada a excepción de la plaza de auxiliar
administrativo, que se valorará igual que la jornada completa.
La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de los servicios prestados emitido por el
órgano competente de la Administración donde se hubiesen prestado conforme al Anexo II de las
presentes bases e informe de la vida laboral.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se valorará
en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Cód.
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55CRWSDFMNTRHQKCDEDY3N7HR
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Martes, 27 de diciembre de 2022
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