Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6367)
BOP-2022-6367 Bases y convocatoria de 1 plaza de Conductor/a Centro de Día, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BASES QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE CONDUCTOR PARA
EL CENTRO DE DIA 50% DE LA JORNADA LABORAL DE LA OFERTA DE EMPLEO
EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, EN
APLICACIÓN DE LA LEY 20/2021 PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD
MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, EN EL AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE
LA LUZ.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 30 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público
para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28
de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público para
el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz y que fue completada y ampliada por Resolución de fecha
2 de agosto de 2022 de estimación parcial de recurso de reposición y en la misma se encontraba
incluida.
PRIMERO. – OBJETO DE LAS BASES.
1.- Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria mediante el sistema de concurso
de 1 plaza de CONDUCTOR PARA EL CENTRO DE DIA 50% DE LA JORNADA LABORAL
con las características que a continuación se describen, en ejecución del proceso extraordinario
de estabilización del empleo temporal de larga duración previsto en la Disposición Adicional
sexta de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Denominación de la plaza y código CONDUCTOR PARA EL CENTRO DE DIA 50% DE LA JORNADA
LABORAL
Régimen LABORAL
Unidad/Servicio CENTRO DE DIA
Grupo/Categoría profesional 8/AP-C2.
Titulación exigible Certificado de escolaridad o equivalente.
Permiso de conducción B.
N.º de vacantes UNO (1) 50% DE LA JORNADA
Funciones encomendadas - Realizará las rutas/ viajes que sean necesarios para trasladar a
todos los usuarios, no estableciéndose paradas ni puntos fijos
salvo en los domicilios de los usuarios correspondientes,
cumpliendo con todas las medidas de seguridad (uso de
cinturones, ajustes de las sillas de ruedas, etc.…)
- Todos los domicilios de los usuarios del Centro de Dia se
encuentran en la zona de influencia del Centro.
- El servicio lo prestará desde el portal de los domicilios de los
usuarios (o a pie de calle) o, lugar más cercano al mismo, con
acceso rodado. Excepcionalmente, y en situaciones puntuales el
usuario podrá ser recogido en su domicilio previa autorización
por escrito del Director del Centro.
- No podrán transportar, simultáneamente al servicio del Centro
de Dia a personas ajenas al Centro, ni realizar paradas no
incluidas en la ruta, salvo autorización expresa del Director
- El conductor deberá comunicar tras la ruta diaria las incidencias
habidas, las comunicaciones efectuadas por la familia y las
observaciones que se estimen oportunas en relación con el
servicio prestado.
- El conductor procurará la atención a los usuarios en caso de
indisposición o enfermedad durante el traslado
- Conocerán en todo momento la ruta y los usuarios asignados,
siendo deseable que no sean cambiados salvo las sustituciones
obligadas por enfermedad, accidente, permiso o vacaciones.
CVE:
BOP-2022-6367
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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