Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6363)
BOP-2022-6363 Bases y convocatoria de 10 plazas de Camarero/a Limpiador, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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invalidez de las actuaciones del aspirante. En este sentido comportará la nulidad subsiguiente de
los actos del tribunal en cuanto al aspirante y la imposibilidad de nombrar al aspirante, sin
perjuicio de las otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso la propuesta se considerará hecha en favor de los/as aspirantes, ordenados/as de
acuerdo con la puntuación obtenida que, habiendo superado la totalidad de las pruebas selectivas,
tuvieron cabida en el número de plazas convocadas.
DECIMOTERCERA. - NOMBRAMIENTO Y/O CONTRATACIÓN.
1.- Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán declarados/as
personales laborales fijos, por el titular del órgano competente, en el plazo máximo de tres meses
desde la publicación de la relación de aprobados/as y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de
2024.
2.- Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. La contratación
(laborales) de los/as aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOP.
Transcurrido el plazo de un mes, los/as aspirantes que no hayan tomado posesión, o formalizado
su contrato, por causas imputables a los mismos, y salvo debida justificación, perderán todos los
derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.
DECIMOCUARTA. - FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE EMPLEO.
Estas reglas tendrán vigencia hasta la aprobación de un reglamento regulado de bolsas de empleo.
1.- El órgano competente aprobará la Bolsa de Trabajo comprensiva de las personas incluidas en
la misma, de la puntuación obtenida y del orden de llamamiento en su caso, la cual será expuesta
al público en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en la web
municipal sin que se efectúe notificación personal a ninguno de los interesados.
El órgano competente solo podrá denegar la aprobación de la propuesta de Bolsa de Trabajo por
motivos de legalidad a justificar en la resolución oportuna.
2.- El llamamiento de los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenido
en el proceso. El Ayuntamiento procederá a localizar al candidato de la bolsa de empleo según el
orden de prelación establecido mediante llamada telefónica o correo electrónico que el candidato
haya señalado en su solicitud. A estos efectos, los interesados estarán obligados a comunicar
cualquier variación en el número de teléfono o correo electrónico señalado.
El llamamiento por cada candidato será único. El aspirante deberá dar una contestación a la oferta
de empleo en el plazo máximo de 1 día a contar desde el recibí de la llamada o correo electrónico
que se hará constar mediante diligencia al efecto, personándose en el Ayuntamiento de Arroyo de
la Luz o persona en quien delegue, debidamente acreditada, si no pudiera presentarse por causas
de fuerza mayor, cabe la aceptación por cualquier medio que permita dejar constancia de ello
En caso de no contestar a la primera llamada se realizarán dos intentos de llamada más en el
mismo día en horas distintas y se enviará un correo electrónico. Si no contesta a la oferta en el
plazo de 1 día a contar desde el recibí de la llamada o correo electrónico sin causa justificada, será
excluido de la bolsa de trabajo.
3.- Se considerará causa justificada y conllevará la suspensión en la Bolsa de Empleo y el pase a
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BOP-2022-6363
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
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