Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6356)
BOP-2022-6356 Bases y convocatoria de 1 plaza de Director/a para la Residencia de Mayores proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Licenciado/a 2,5
Grado 2,5
Master 2,5
Diploma Estudios
Avanzados (DEA)
2,5
TECNICO SUPERIOR DE FP Doctor/a 3
Licenciado/a 2,5
Grado 2,5
Master 2,5
Diploma Estudios
Avanzados (DEA)
2,5
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional
(SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las
competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
UNDÉCIMA. CALIFICACIÓN FINAL DEL PROCESO SELECTIVO
1.- Método de cálculo.
La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma de la calificación otorgada
al aspirante por el órgano de selección en el apartado A de experiencia profesional y el apartado
B otros méritos, sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.
2.- Criterios de desempate: los empates se resolverán en los siguientes términos:
A) Mayor número de días de desempeño en la categoría profesional los puestos de trabajo
correspondientes a las plazas objeto de la convocatoria en la administración convocante. Se
tendrán en cuenta el total de días de estos servicios.
B) De persistir el empate, se atenderá a la mayor antigüedad en la administración convocante
como personal laboral no fijo.
C) Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones
Públicas como personal laboral temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual
denominación.
CVE:
BOP-2022-6356
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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