Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6355)
BOP-2022-6355 Bases y convocatoria para la provisión de 1 plaza de Animador/a - Dinamizador/a Deportivo/a proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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• Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género.
La autoliquidación correspondiente a los derechos de examen, se efectuará en la entidad
colaboradora ES 06-3009-0105-41-2444182428 de Caja Rural de Extremadura.
En la solicitud deberá constar que ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de
examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica y sello de la misma.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
En ningún caso se considerará subsanable el pago de las tasas una vez finalizado el plazo de
presentación de instancias
5.- Documentación: Junto con las instancias, las personas interesadas deberán presentar:
A. DNI o documento que acredite fehacientemente la personalidad del aspirante.
B. Los/as aspirantes extranjeros deberán acompañar los documentos que acrediten el
cumplimiento de las condiciones de nacionalidad y de habilitación de trabajo por cuenta ajena
establecidas en la Base Segunda.
C. Los documentos acreditativos de la titulación exigida.
D. Autoliquidación y acreditación del pago la tasa.
E. Relación numerada de los méritos alegados conforme al modelo incorporado como anexo en
cada convocatoria.
F. Documentos acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso, ordenados según
conste en la relación numerada.
Los méritos se computarán con referencia al último día de plazo establecido para la presentación
de instancias.
SEXTA. – ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de máximo de seis meses, la
Alcaldía dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as, con expresión en este último caso del motivo de exclusión. La lista provisional,
con los/as aspirantes identificados según su documento nacional de identidad o análogo para los
de nacionalidad extranjera, será objeto de publicación en el Tablón de anuncios y la sede
electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz.
2.- Las personas excluidas, las que no consten en relación por omisión o quienes observaren
algún error en los datos publicados, podrán formular reclamación dentro del plazo de diez días
hábiles siguientes a la publicación de las relaciones.
a) En caso de que no se presente reclamación alguna, el listado provisional, se entenderá
CVE:
BOP-2022-6355
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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