Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2022-6355)
BOP-2022-6355 Bases y convocatoria para la provisión de 1 plaza de Animador/a - Dinamizador/a Deportivo/a proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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a.2) Para la admisión a pruebas de personal Laboral: Además de lo dispuesto para el
personal funcionario, en el artículo 57 del TREBEP, podrán acceder los extranjeros/as
con residencia legal en España.
b) Edad: Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder en su caso, de la máxima de jubilación
forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
c) Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que
hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente
ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
d) Capacidad: Tener la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones o tareas propias
de la plaza objeto de convocatoria. No sufrir ninguna dolencia, ni estar afectado/a por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones o que las imposibilite.
Asimismo, no tendrá que sufrir ninguna dolencia incluida en el cuadro de exclusiones médicas
que cada convocatoria pueda establecer
e) Si se opta a una plaza reservada para personas con discapacidad: tener reconocida
oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%
f) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes:
Título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o
equivalente.
Requisito imprescindible: Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o la credencial que acredite, en su caso, su homologación.
g) Justificante pago de la tasa por derechos de examen, conforme a la vigente Ordenanza Fiscal
reguladora de la tasa por derechos de examen, por concurrencia a pruebas selectivas.
Grupo C2: 20 €.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de instancias y mantenerse a lo largo del proceso selectivo. El no cumplimiento de
estos requisitos o su falta de acreditación será causa de exclusión del proceso selectivo.
CUARTA- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES.
Las Bases Especificas de las convocatorias serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres (BOP) y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Extremadura DOE y,
además, se publicará anuncio en extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En estos
extractos vendrá de manera expresa la referencia al número y fecha del BOP donde se
CVE:
BOP-2022-6355
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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