Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-6312)
BOP-2022-6312 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar de Puericultura. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las
personas aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido
en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo
con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona
interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas
aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas
formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
SÉPTIMA. Calificación.
La puntuación de todos los méritos será de máximo 10 puntos, resultando
eliminados los/as aspirantes que no lleguen a 5 puntos. La calificación final será la
suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
OCTAVA. Relación de Aprobados/as, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento.
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede
electrónica de este Ayuntamiento. Los/as aspirantes propuestos acreditarán ante la
Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican en el
Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido
por falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá
establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con
la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el/la trabajador/a adquirirá
la condición de empleado/a público/a.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que
corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los/as trabajadores/as, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
NOVENA. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
Cód.
Validación:
AR7ALMC49FXEF7FD2YT9ADESZ
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Verificación:
https://navasdelmadrono.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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