Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-6312)
BOP-2022-6312 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar de Puericultura. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
QUINTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá,
asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as
y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
- 1 Presidente
- 3 vocales
- 1 Secretario
La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO.
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
1. Plaza de Auxiliar de Puericultura:
A. Méritos profesionales, máximo de 8 puntos.
1. Servicios prestados como personal funcionario interino, como personal
laboral temporal o como indefinido no fijo en la Administración a la que se
desea acceder, en la categoría profesional a la que pertenece la plaza objeto
de esta convocatoria: 0,044 puntos por mes completo de servicio.
2. Servicios prestados como personal funcionario interino, como personal
laboral temporal o como indefinido no fijo en otras Administraciones
Públicas, en categorías profesionales con la misma denominación y del
mismo grupo y subgrupo que la categoría a la que pertenece la plaza objeto
de esta convocatoria: 0,022 puntos por mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa,
siempre que la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en
cuenta estos, en el caso de que la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a
razón de doce meses por año y los expresados en días se transformarán en
meses, a razón de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar
estas operaciones, resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
Cód.
Validación:
AR7ALMC49FXEF7FD2YT9ADESZ
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Verificación:
https://navasdelmadrono.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
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