Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-6300)
BOP-2022-6300 Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza del Grupo A Subgrupo A1, acogidas al proceso de estabilización extraordinario.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
atenderá, en primer lugar, a la mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación
temporal o indefinido/a no fijo/a en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a
las plazas objeto de cada convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir
el empate se atenderá a la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Logrosán, como
funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo.
Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones
Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a en el
desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
NOVENA. Proceso selectivo.
9.1.El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Logrosán la
relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2.Las fechas de celebración de la defensa o lectura de la memoria pueden coincidir con las
fechas de celebración de las mismas o de ejercicios de otros procesos selectivos.
9.3.El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de
los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su
cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el
órgano que nombró al Tribunal.
9.4.El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as
aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca
la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento
o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación
complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados
en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal
Laboral fijo/a mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
Cód.
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
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